Protocolos de Atención a la Ciudadanía
Esencial para mejorar la atención presencial en Ayuntamientos y otras Administraciones Públicas mediante un servicio de atención multicanal integral, eficiente, de calidad y enfocado en la ciudadanía.
El objetivo principal del Protocolo es regular, mejorar y homogeneizar la forma de prestar el servicio de atención a la ciudadanía, independientemente del canal por el que se interactúe.
Especialmente se pretende que los empleados públicos adscritos a la atención ciudadana puedan prestar un servicio público de calidad, haciendo que la ciudadanía tenga una mejor experiencia en su relación con la Administración, que responda a sus necesidades y con una mejor percepción del servicio.
Cumplimiento de las nuevas funciones de las OAMR establecidas en la Ley 39/2015 (LPAC)
Se contempla la adaptación y mejora del servicio prestado de atención a la ciudadanía con el cumplimiento de todas las novedades introducidas con la entrada en vigor de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El Protocolo también regulará a nivel interno la relación entre el Servicio de Atención y las restantes unidades administrativas
Con el Protocolo de Atención a la Ciudadanía se pretende lograr la normalización y mejora de la relación del Servicio de Atención a la Ciudadanía con el resto de unidades del Ayuntamiento, con el fin de que los empleados públicos puedan ofrecer una información de calidad, fidedigna y actualizada a la ciudadanía así como mejorar los procesos en que ambas intervengan.
Se regulará, entre otros aspectos, la distribución de la documentación que provenga de las oficinas presenciales con destino a las unidades administrativas, actualización de instancias y formularios, etc.